El Modelo 130 es el pago a cuenta trimestral del IRPF para autónomos en estimación directa. Se ingresa el 20% del rendimiento neto acumulado del año, restando lo ya ingresado en trimestres anteriores y las retenciones soportadas.
Qué es #
El Modelo 130 es la autoliquidación trimestral mediante la que los autónomos en estimación directa (normal o simplificada) realizan pagos a cuenta del IRPF del ejercicio.
No es un impuesto adicional: lo ingresado se descuenta después en la declaración anual de la Renta.
Quién lo presenta #
Lo presentan los autónomos que desarrollan actividades económicas en estimación directa.
No lo presentan, con carácter general, los profesionales cuyas rentas estuvieron sujetas a retención o ingreso a cuenta en al menos el 70% durante el ejercicio anterior. Tampoco quienes tributan en módulos (esos usan el Modelo 131).
Cómo se calcula #
En cada trimestre se calcula:
- Rendimiento neto acumulado del año (ingresos − gastos deducibles).
- Se aplica el 20% sobre ese rendimiento.
- Se restan los pagos fraccionados anteriores y las retenciones soportadas en facturas a empresas/profesionales.
El resultado puede ser a ingresar, negativo (a compensar en trimestres siguientes) o cero.
Plazos #
Se presenta cuatro veces al año:
- 1T: del 1 al 20 de abril.
- 2T: del 1 al 20 de julio.
- 3T: del 1 al 20 de octubre.
- 4T: del 1 al 30 de enero del año siguiente.
Si se domicilia el pago, los plazos se adelantan unos días.
Puntos clave a tener en cuenta #
- Se calcula sobre el acumulado del año, no solo sobre el trimestre.
- Aunque el resultado sea cero o negativo, hay que presentar el modelo.
- Si el contribuyente tiene derecho a la deducción por adquisición de vivienda habitual (régimen transitorio), puede aplicar una minoración con los límites previstos.
- Lo ingresado en el 130 se traslada como pago a cuenta en la declaración de la Renta.