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IVA de facturas no cobradas: guía práctica para pymes

Respuesta rápida: Sí, debes declarar el IVA de una factura no cobrada en el trimestre en que se emitió, aunque no hayas recibido el dinero. Solo puedes recuperarlo después si cumples requisitos estrictos de insolvencia y reclamación formal.

La regla general: declarar aunque no cobres

En España, el IVA se genera en el momento de la venta o prestación del servicio. No depende de que el cliente haya transferido el dinero a tu cuenta bancaria.

Esto significa que si emites una factura en marzo, debes incluir ese IVA en tu declaración del primer trimestre (Modelo 303), sin importar si el pago llega en junio o nunca llega.

Esta norma protege la recaudación del Estado y evita que las empresas aplacen impuestos indefinidamente.

¿Por qué Hacienda lo exige?

  • Principio de devengo: El impuesto nace con la operación, no con el cobro.
  • Seguridad jurídica: Evita disputas sobre cuándo se debe pagar el tributo.
  • Control fiscal: Facilita la trazabilidad de las operaciones económicas.

Excepción: el criterio de caja

Existe una alternativa legal para no declarar el IVA hasta cobrar. Se llama criterio de caja.

Para acogerse a este régimen, tu facturación anual no debe superar los 2 millones de euros. Además, debes solicitarlo expresamente a la Agencia Tributaria antes de empezar el ejercicio fiscal.

Atención: Si eliges este régimen, la regla se invierte para tus gastos. No podrás deducir el IVA de tus compras hasta que las pagues.

ConceptoCriterio de Devengo (General)Criterio de Caja (Excepción)
IVA de ventasSe declara al emitir la facturaSe declara al cobrar la factura
IVA de comprasSe deduce al recibir la facturaSe deduce al pagar la factura
Requisito claveNinguno (es la norma por defecto)Facturación < 2M€ y solicitud previa

Cómo recuperar el IVA de facturas impagadas

Si has declarado el IVA pero el cliente no paga, puedes intentar recuperarlo. No es automático: debes demostrar que la deuda es incobrable.

El proceso es estricto y requiere documentación específica. No basta con que el cliente no responda a tus correos.

Requisitos obligatorios

  1. Insolvencia del deudor: El cliente debe estar en concurso de acreedores o ser declarado insolvente por un juez.
  2. Importe mínimo: El IVA repercutido debe ser superior a 250 euros.
  3. Reclamación formal: Debes haber reclamado el pago mediante demanda judicial o requerimiento notarial.
  4. Plazo: La reclamación debe iniciarse antes de que pasen 6 meses desde la fecha de vencimiento de la factura.

Paso a paso: el procedimiento ante Hacienda

Si cumples los requisitos, sigue estos pasos para recuperar el dinero:

  1. Reclama el pago: Inicia la vía judicial o notarial. Guarda la prueba de que lo has hecho.
  2. Espera la resolución: Necesitas la sentencia o el acta notarial que certifique la insolvencia o la falta de pago.
  3. Emite factura rectificativa: Crea una nueva factura que anule el IVA de la original. Debe contener los datos de la factura original y la causa de la rectificación.
  4. Declara la rectificación: Incluye la factura rectificativa en el Modelo 303 del trimestre en que se emite.

Ejemplo práctico:

Imagina que emitiste una factura de 1.000 € + 210 € de IVA (21%) en enero. El cliente no paga. En julio, presentas demanda. En septiembre, el juzgado certifica la insolvencia.

En octubre, emites la factura rectificativa. En la declaración del tercer trimestre (octubre-diciembre), reduces el IVA repercutido en 210 €. Así recuperas ese dinero.

Errores comunes que debes evitar

Muchos autónomos y pymes cometen fallos que impiden la recuperación o generan sanciones.

  • No declarar la factura inicial: Si omites el IVA en el trimestre original, Hacienda te multará. Primero declara, luego intenta recuperar.
  • Esperar demasiado: Si pasan más de 6 meses desde el vencimiento sin reclamar formalmente, pierdes el derecho a recuperar el IVA.
  • Confundir impago con insolvencia: Un cliente que no paga por falta de liquidez no es necesariamente insolvente. Necesitas la prueba legal.
  • Olvidar el umbral de 250 €: Si el IVA es menor, el trámite no es viable económicamente ni legalmente para esta vía específica.

Preguntas frecuentes

¿Puedo anular la factura si el cliente no paga?

No puedes anularla unilateralmente. Debes emitir una factura rectificativa solo si cumples los requisitos de insolvencia y reclamación formal. Si el cliente simplemente no paga, la factura sigue vigente y el IVA ya declarado es definitivo.

¿Qué pasa si mi cliente declara la factura como gasto?

Haciencia cruza datos. Si tu cliente deduce el IVA de esa factura en su declaración, Hacienda sabrá que la operación existió. Si tú no la has declarado, recibirás un requerimiento para regularizar y posiblemente una sanción.

¿Puedo aplazar el pago del IVA si no tengo liquidez?

Sí. Si has declarado el IVA pero no tienes dinero para pagarlo, puedes solicitar un aplazamiento o fraccionamiento a la Agencia Tributaria. Esto no elimina la obligación de declarar, pero te permite pagar a plazos.

Conclusión

El IVA de una factura no cobrada es una obligación legal inmediata bajo el criterio de devengo. No puedes evitar declararlo.

La única vía para recuperarlo es demostrar la insolvencia del cliente y seguir el procedimiento de rectificación. Mantén un control estricto de tus plazos y documentación para proteger tu caja y cumplir con la normativa fiscal.

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