Respuesta rápida: El IVA para autónomos es un impuesto indirecto que no pagas tú, sino que actúas como intermediario. Cobras el IVA a tus clientes (repercutido) y lo descontas con lo que pagaste a proveedores (soportado). La diferencia es lo que debes entregar a Hacienda.
El IVA: tú eres el mensajero de Hacienda
Imagina que vendes un café. Tú no pones ese dinero de tu bolsillo. Lo cobra el cliente final.
El autónomo simplemente recoge ese impuesto y se lo entrega al Estado. Por eso, si no facturas nada, no debes IVA.
Tipos de IVA: ¿cuánto le pides a tu cliente?
En España, el tipo que más verás en tus facturas es el general del 21%. Aplica a la mayoría de servicios profesionales y productos.
Existen otros tipos, pero son menos comunes para el autónomo medio:
- Reducido (10%): Alimentos, libros, entradas de teatro.
- Superreducido (4%): Pan, leche, medicamentos.
- Cero (0%): Exportaciones o servicios médicos específicos.
La fórmula mágica: Repercutido vs. Soportado
Para saber cuánto debes, necesitas distinguir dos conceptos clave en tu contabilidad:
| Concepto | ¿Qué es? | Ejemplo visual |
|---|---|---|
| IVA Repercutido | El IVA que cobras a tus clientes. | Tu factura de diseño web. |
| IVA Soportado | El IVA que pagas a proveedores. | Tu factura del ordenador o internet. |
La regla es simple: IVA a pagar = IVA Repercutido – IVA Soportado.
Si el resultado es positivo, pagas a Hacienda. Si es negativo, Hacienda te lo devuelve (o lo compensa con el siguiente trimestre).
Ejemplo práctico: ¿Cuánto debo pagar este trimestre?
Vamos a un caso real y sencillo. Supongamos que eres un fotógrafo autónomo.
1. Ventas (Repercutido):
- 3 bodas a 1.000 € cada una (sin IVA).
- Base imponible: 3.000 €.
- IVA al 21%: 3.000 € x 0,21 = 630 €.
2. Gastos (Soportado):
- Compra de un objetivo nuevo: 800 € (sin IVA).
- IVA al 21%: 800 € x 0,21 = 168 €.
3. Cálculo final:
630 € (cobrado) – 168 € (pagado) = 462 €.
Debes ingresar 462 € en el modelo 303.
Modelos y plazos: no te pases de fecha
El autónomo en régimen general presenta dos declaraciones principales:
- Modelo 303 (Trimestral): Presentas el IVA de cada trimestre. Plazos: 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero.
- Modelo 390 (Anual): Resumen de todo el año. Se presenta en enero. No suele generar pago, salvo errores.
Nota: Si estás en el régimen de módulos (estimación objetiva), usas el Modelo 310 y el cálculo es diferente (basado en coeficientes, no en facturas).
¿Cuándo no pagas IVA? Actividades exentas
No todo lo que haces genera IVA. Algunas actividades están exentas por ley.
Los más comunes para autónomos son:
- Servicios médicos y sanitarios (médicos, psicólogos, fisioterapeutas).
- Educación y formación oficial.
- Alquiler de viviendas habituales.
- Operaciones financieras y de seguros.
Si tu actividad es exenta, no pones IVA en la factura, pero sí debes declararlo en el 303 como "operaciones exentas".
Errores habituales que cuestan dinero
Muchos autónomos cometen estos fallos al empezar:
- Confundir base imponible con total: El IVA se calcula sobre el precio sin IVA. Si tu factura total es 121 €, la base es 100 €.
- Olvidar el IVA soportado: Si compras un portátil, guarda la factura. Ese IVA te lo descuentan.
- Mezclar gastos personales y de empresa: Si pagas la luz de tu casa con la tarjeta del negocio, no puedes deducir ese IVA.
- No presentar el 303 a tiempo: Aunque no tengas que pagar nada, debes presentar la declaración. No hacerlo es una infracción.
Preguntas frecuentes sobre el IVA
¿Puedo elegir si pago IVA o no?
No. Si tu actividad está sujeta, debes repercutirlo. Solo puedes aplicar el tipo reducido si la ley lo permite para tu producto o servicio específico.
¿Qué pasa si mi IVA soportado es mayor que el repercutido?
Tienes un "saldo a favor". Hacienda no te lo devuelve inmediatamente, pero lo compensa con los trimestres siguientes hasta que lo recuperes.
¿El IVA afecta a mi IRPF?
No directamente. El IVA es un impuesto indirecto. Tu IRPF se calcula sobre tus beneficios (ingresos – gastos), no sobre el IVA que has cobrado o pagado.
Conclusión
Gestionar el IVA no es complicado si entiendes que eres un intermediario.
Controla tus facturas de venta (repercutido) y tus gastos (soportado). Presenta el modelo 303 a tiempo y guarda todas las facturas de proveedores.
Con estos tres pasos, evitarás sanciones y dormirás tranquilo cada trimestre.



