Respuesta rápida: Sí, los autónomos pueden firmar contratos formativos. Debes estar al corriente de la Seguridad Social y Hacienda. La principal ventaja es una bonificación fija de 119 € mensuales en cuotas.
Tipos de contrato formativo vigentes
La normativa actual distingue dos modalidades principales. No son lo mismo y tienen reglas distintas.
Formación en alternancia
Este contrato combina trabajo y estudio. Está pensado para quienes cursan FP o universidad.
- Duración: De 3 meses a 2 años.
- Jornada: 65% trabajo el primer año. 85% el segundo.
- Salario: Mínimo 60% del convenio el primer año.
Práctica profesional
Sustituye al antiguo contrato en prácticas. Es para titulados que buscan su primera experiencia real.
- Duración: Entre 6 y 12 meses.
- Plazo: Debe firmarse en los 3 años posteriores a la titulación.
- Salario: Según convenio, nunca por debajo del SMI.
Requisitos para el autónomo contratante
No cualquier autónomo puede acceder a esta modalidad. Debes cumplir ciertas condiciones básicas.
Estabilidad económica: No debes tener deudas con Hacienda o la Seguridad Social.
Historial limpio: No puedes haber sido sancionado por incumplimientos laborales anteriores.
Tutoría: Debes designar a un tutor que guíe al trabajador. Máximo 5 personas por tutor.
Límites de contratación por tamaño de plantilla
A partir de 2025, hay topos máximos de contratos formativos según el número de empleados.
| Plantilla | Máximo contratos |
|---|---|
| Hasta 10 trabajadores | 3 |
| 11 a 30 trabajadores | 7 |
| 31 a 50 trabajadores | 10 |
| Más de 50 trabajadores | 20% de la plantilla |
Nota: Las personas con discapacidad no cuentan para estos límites.
Beneficios económicos y bonificaciones
El ahorro en Seguridad Social es la gran ventaja para el autónomo.
Reducción de cuotas
Recibes una bonificación fija de 119 € mensuales.
La cuota empresarial base en 2026 es de 189,88 €. Con la bonificación, tu coste real baja drásticamente.
Formación gratuita
El 100% del coste de la formación está bonificado.
En el primer año, la formación ocupa el 35% de la jornada. En el segundo, el 15%.
Extra por tutoría
Puedes aplicar una bonificación adicional de entre 60 € y 80 € mensuales por la labor de tutor.
Paso a paso para formalizar el contrato
- Elige la modalidad: Decide si es alternancia o práctica profesional.
- Redacta el plan formativo: Detalla competencias, tareas y objetivos.
- Firma el contrato: Usa el modelo oficial del SEPE. Incluye anexos.
- Comunica al SEPE: Tienes 10 días hábiles para registrar el contrato.
- Alta en Seguridad Social: Tramita el alta del trabajador con las condiciones especiales.
Errores comunes a evitar
- Confundir modalidades: No uses práctica profesional para estudiantes que aún no se han graduado.
- Olvidar el tutor: Sin tutor designado, el contrato es inválido.
- Ignorar el límite de edad: Para certificados de profesionalidad nivel 1 y 2, el máximo es 30 años.
- Superar la jornada: No se permiten horas extra ni turnos nocturnos salvo excepción formativa.
Preguntas frecuentes
¿Puedo contratar a un familiar?
Sí, siempre que se cumplan todos los requisitos legales y de formación. No hay prohibición explícita, pero debe ser un contrato real y efectivo.
¿Qué pasa si el trabajador no aprueba la formación?
El contrato puede extinguirse. Debes revisar las cláusulas del plan formativo individual firmado.
¿El contrato es a tiempo completo?
En la alternancia, la jornada se divide entre trabajo y estudio. En la práctica profesional, suele ser jornada completa de trabajo, con formación complementaria.
Conclusión
El contrato formativo es una herramienta potente para autónomos.
Permite formar talento joven con un coste reducido gracias a las bonificaciones.
Clave: estar al corriente de pagos y cumplir con la tutoría y el plan formativo.