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Guía completa: ser autónomo sin facturar en 2026

Respuesta rápida: Sí, es legal ser autónomo sin facturar. Sin embargo, debes seguir pagando la cuota de la Seguridad Social y presentar tus impuestos trimestrales y anuales, aunque tus ingresos sean cero. No confundir "no facturar" con "estar inactivo" es clave para evitar sanciones.

Diferencia entre no facturar y estar inactivo

Muchos creen que si no cobran, no tienen obligaciones. Es un error común.

Para Hacienda, estar dado de alta significa que estás activo. Tu ausencia de ventas no borra tus deberes legales.

  • Activo sin ventas: Tienes el alta, pagas cuotas y presentas modelos en blanco o con pérdidas.
  • Inactivo (Baja): Has tramitado la baja en Hacienda y Seguridad Social. No pagas cuotas ni presentas impuestos de actividad.

Si mantienes el alta, asumes que tu negocio sigue "vivo", aunque duerma.

Obligaciones fiscales que no desaparecen

Aunque tu cuenta bancaria no reciba dinero, el calendario fiscal sigue su curso.

Debes presentar los siguientes modelos, incluso si el resultado es cero:

ModeloQué esFrecuenciaSi no facturas
303IVATrimestralPresentar en blanco o con deducciones.
130IRPF (Est. Directa)TrimestralPresentar con resultado cero o negativo.
390Resumen Anual IVAAnualPresentar resumen de los trimestres.
100Renta AnualAnualIncluir la actividad, aunque sea nula.

Olvidar presentar estos modelos, aunque sean "en blanco", puede generar multas.

Costes reales de mantener el alta sin ingresos

El mayor gasto no es el IVA, es la Seguridad Social.

Desde la reforma de 2023, la cuota depende de tus ingresos reales esperados.

La cuota mínima obligatoria

Si no tienes ingresos, puedes elegir la base mínima de cotización.

En 2025, esta cuota ronda los 200 € al mes. En 2026, esta cifra podría variar ligeramente según las subidas salariales, pero sigue siendo el coste fijo más alto.

¿Y la tarifa plana?

Si estás empezando, tienes derecho a la tarifa plana.

  • Primeros 12 meses: Cuota reducida (aprox. 80 €/mes).
  • Segundo año: Bonificación del 50% si cumples requisitos.

Esta ayuda es vital si tu primer año es de preparación y no de facturación.

¿Puedes deducir gastos si no cobras?

Sí, pero con cuidado.

Puedes restar gastos como alquiler, luz o software de tus ingresos (que son 0 €).

Esto crea una pérdida. Esa pérdida puede compensarse con beneficios futuros durante 4 años.

Atención: Si tus gastos son muy altos y no hay ingresos, Hacienda puede preguntar por qué. Guarda todos los justificantes. Debes demostrar que la actividad es real, aunque esté en fase de lanzamiento.

Cuándo tiene sentido darse de baja

Si la falta de ingresos se prolonga, evaluar la baja es inteligente.

Al darte de baja:

  1. Dejas de pagar la cuota de autónomos.
  2. Dejas de presentar el 303 y el 130.
  3. Pierdes la antigüedad (aunque puedes recuperar la tarifa plana al volver, con condiciones).

Si solo es un trimestre malo, mantén el alta. Si es un año entero, valora la baja.

Preguntas frecuentes

¿Me pueden multar por no facturar?

No por no facturar. Sí por no presentar los impuestos trimestrales aunque no tengas ventas.

¿Puedo cambiar mi base de cotización?

Sí. Tienes derecho a cambiarla hasta 6 veces al año. Bájala al mínimo si no esperas ingresos.

¿Qué pasa con el IVA de mis gastos?

Si estás en régimen general, puedes deducir el IVA de tus gastos aunque no repercutas IVA en ventas. Esto te devuelve dinero de Hacienda.

Conclusión

Ser autónomo sin facturar es posible y legal. No es un estado de "pausa" total, sino de actividad con ingresos cero.

Tu prioridad debe ser cumplir con las presentaciones trimestrales y minimizar tu cuota de Seguridad Social. Si la inactividad es larga, la baja temporal es la opción más económica.

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