Respuesta rápida: Para facturar a una empresa extranjera fuera de la UE, debes emitir una factura de exportación exenta de IVA. No retienes IRPF. Debes incluir datos completos de ambas partes y, si es venta de bienes, justificar la salida física de la mercancía con el DUA.
Diferencias clave: UE vs. Resto del mundo
Muchos confunden las ventas a otros países europeos con las ventas al resto del mundo. Son dos regímenes fiscales distintos.
La principal diferencia radica en quién paga el impuesto y cómo se registra la operación.
| Concepto | Venta dentro de la UE | Venta fuera de la UE |
|---|---|---|
| IVA | Inversión del sujeto pasivo (B2B) o IVA del país destino (B2C) | Exento (0%) |
| IRPF | No se retiene en B2B | No se retiene |
| Documentación | Factura + ROI | Factura + DUA (para bienes) |
| Modelo 303 | Se declara en casillas específicas | Se declara como exento |
Si tu cliente está en Reino Unido, Estados Unidos o Japón, aplicas las reglas de exportación. No las de intracomunidad.
Requisitos obligatorios en tu factura
Una factura de exportación no es solo una factura normal sin IVA. Debe contener información específica para ser válida ante Hacienda y Aduanas.
- Datos completos: Nombre, dirección y NIF/CIF de tu empresa y del cliente extranjero.
- Referencia a la exención: Debes indicar claramente que la operación está exenta de IVA. Puedes usar la expresión "Operación exenta" o citar el artículo de la Ley del IVA.
- Moneda: Indica la divisa de la transacción (USD, GBP, etc.) y el tipo de cambio aplicado si facturas en euros.
- Descripción detallada: Qué vendes, cantidad y precio unitario.
- Fecha y número: Correlativo, como en cualquier otra factura.
Si vendes bienes físicos, la mención a la exención es crítica. Si vendes servicios, también, pero la justificación es distinta.
¿Cómo se calcula el IVA en exportaciones?
La regla es simple: 0% de IVA.
Al vender fuera de la UE, la base imponible es el importe total de la factura, pero el tipo de IVA aplicado es cero. Por tanto, el importe del impuesto es cero.
Ejemplo práctico:
Vendes un lote de software a una empresa en Canadá por 1.000 USD.
- Base imponible: 1.000 USD
- IVA: 0%
- Total factura: 1.000 USD
En tu contabilidad, registrarás la venta como ingreso. En el Modelo 303, declararás esta operación en la casilla correspondiente a operaciones exentas, no en la de operaciones gravadas.
La importancia del DUA en ventas de bienes
Si exportas mercancías físicas, no basta con la factura. Necesitas probar que la mercancía salió de la UE.
El DUA (Documento Único Administrativo) es el documento que Aduanas emite cuando la mercancía cruza la frontera.
Debes guardar el DUA junto con la factura. Sin este documento, Hacienda podría considerar que la venta fue interna y exigirte el 21% de IVA, más recargos e intereses.
Si vendes servicios digitales o consultoría, no hay DUA. La exención se justifica por la ubicación del cliente.
Errores frecuentes que debes evitar
Facturar mal al extranjero puede costarte caro. Estos son los fallos más comunes:
- Olvidar la mención de exención: Si no pones "Exento de IVA", la factura parece gravada. Corrígelo siempre.
- Aplicar IVA por error: No apliques el 21% español ni el IVA del país destino. Es 0%.
- No guardar el DUA: Si vendes bienes y no tienes el DUA, pierdes la exención.
- Confundir con intracomunitario: Si el cliente está en Alemania, no es exportación. Es venta intracomunitaria. Revisa el NIF de tu cliente en VIES.
Preguntas frecuentes
¿Puedo facturar en dólares si mi empresa está en España?
Sí. Puedes facturar en cualquier moneda. Debes indicar el tipo de cambio utilizado. Para tu contabilidad, registrarás el valor en euros al tipo de cambio del día de la operación.
¿Debo declarar estas ventas en el Modelo 349?
Sí. Todas las operaciones con terceros, incluidas las exportaciones, deben declararse en el Modelo 349 si superan el umbral legal (actualmente 3.005,06 €).
¿Qué pasa si el cliente extranjero no tiene NIF?
Debes incluir su dirección completa y, si es posible, su identificación fiscal local. Si no tiene, indica "Sin NIF" o el equivalente local. La clave es identificar claramente al destinatario.
¿Puedo deducirme el IVA de mis gastos de exportación?
Sí. El IVA soportado en gastos relacionados con la exportación (envíos, aduanas, marketing) es deducible, siempre que la operación principal sea exenta y no esté sujeta a la regla de proporcionalidad restrictiva.
Conclusión
Facturar a una empresa extranjera fuera de la UE es sencillo si sigues tres pasos: aplica 0% de IVA, incluye la mención de exención y guarda el DUA si vendes bienes.
Revisa siempre la ubicación de tu cliente. Si está en la UE, las reglas cambian. Si está fuera, disfruta de la exención y declara correctamente en tu Modelo 303.



