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¿Cuál es el nivel de sanciones que establece la ley? 


| ¿Cuál es el nivel de sanciones que establece la ley? |
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En el Título VII Infracciones y Sanciones, artículos 42, 43, 44, 45, 46. El régimen de sanciones previstas para las infracciones de acción u omisión es muy alto y puede llegar hasta los 601.012, 10 € (Cien millones de pesetas).Por ejemplo no declarar la tenencia de un fichero a la Agencia de Proteccion de Datos se considera una falta leve que puede conllevar una sanción de 60(101,12 € (Diez millones de pesetas. Una cesión de datos sin consentimiento es una falta muy grave que puede ser sancionada con hasta 601.012,10 € (Cien millones de pesetas). No disponer del documento de seguridad y dejar de aplicar las medidas previstas en el mismo es una infracción grave que puede ser sancionada con hasta 300.506,05 € (Cincuenta millones de pesetas) por fichero. Leves: 100.000 a 10.000.000 ptas. (601,01 € a 60.101,21 € ) Graves: 10.000.001 a 50.000.000 ptas. (60.101,21 € a 300.506,05 € ) Muy Graves: 50.000.001 a 100.000.000 ptas. (300.506,05 € a 601.012,10 € ) La cuantía de las sanciones se graduará atendiendo a la naturaleza de los derechos personales afectados, al volumen de los tratamientos efectuados, a los beneficios obtenidos, al grado de intencionalidad, a la reincidencia, a los daños y perjuicios causados a las personas interesadas y a terceras personas, y a cualquier otra circunstancia que sea relevante para determinar el grado de antijuridicidad y de culpabilidad presentes en la concreta actuación infractora. En el caso de utilización o cesión ilícita de datos que atenten contra los derechos fundamentales, el Director de la A.P.D. podrá requerir a los responsables de los ficheros, tanto públicos como privados, la cesación de la utilización o cesión ilícita de los datos. Si se desatiende el requerimiento, se podrán inmovilizar los ficheros mediante resolución motivada. Más...
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